Tucumán entre las provincias que no respetan el aborto no punible

Ausencia de definiciones del Poder Ejecutivo, cesión ante las presiones de los sectores conservadores de la iglesia católica y fuerte persecución sobre el personal de los hospitales públicos, son parte de la realidad de una de las ocho provincias argentinas que no cuentan con un protocolo de atención para acceder al aborto no punible tal como lo estableció la Corte Suprema de la Nación en 2012.

Por Belén Spinetta

En marzo de 2012, en el fallo FAL,  la Corte Suprema de la Nación despejó las dudas sobre el artículo 82 del Código Penal, estableciendo que nunca son punibles los abortos en casos de violación y que alcanza con la declaración jurada de la mujer para acceder al derecho en el hospital público. En ese momento, la Corte llamó a las autoridades provinciales y nacionales a dictar protocolos médicos de atención para estos casos.

Jaque a la Reina fue publicado en medio de las denuncias de organizaciones de la sociedad civil de que la justicia argentina no cumple con el fallo FAL.  En marzo de este año, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA) junto con la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y Amnistía Internacional – Argentina, solicitaron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que convoque a una audiencia pública para supervisar el estado de cumplimiento de la sentencia. Sin embargo, la  Corte no les dio lugar.

Tucumán fue señalada por estas organizaciones, como una de las provincias que carecen de protocolos para acceder al aborto no punible, hecho que es abordado por las autoras de Jaque a la Reina. Consultamos con Mariana Alvarez sobre este punto.

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–  ¿Qué reflexión nos podés realizar sobre el cumplimiento del fallo FAL en la provincia?

Mariana Alvarez: Esto está muy relacionado al hecho de que falta la efectivización de derechos hacia el interior del país. Organizaciones como ADC, por ejemplo, han hecho un seguimiento muy detallado de las reacciones de las provincias frente al exhorto dado por la Corte Suprema en FAL. Son muy pocas las que a la fecha han legislado/garantizado el acceso a un aborto no punible de conformidad a los estándares dados por la Corte. Tucumán se encuentra entre las provincias que no cumplieron con el exhorto y el capítulo del libro al respecto, que es meramente descriptivo, muestra cómo los poderes políticos son responsables, sea por acción como por omisión, de que la mayoría de los abortos legales terminen siendo clandestinos. El Poder Ejecutivo provincial sostuvo, en un principio que habría que aplicar el fallo, para luego no volver a referirse al tema.  El Legislativo a la fecha se niega rotundamente siquiera a discutirlo, e inclusive hace públicas sus reuniones con la cabeza de la curia tucumana como el arzobispo Horacio Zecca para tratar este tema. Igualmente en caso de tratarlo,  los proyectos legislativos de Silvia Elías de Pérez (UCR), Marcelo Caponio (FPV) y José Páez (DC)  son directamente impeditivos. Mientras que el Poder Judicial, por su parte,  no se ha pronunciado ni en el caso de la denuncia penal interpuesta por el apoderado del PRO contra el personal de la Maternidad pública Nuestra Señora de las Mercedes que fue denunciado por practicarle un aborto no punible a una niña de 11 años embarazada por su propio padre, ni tampoco en el caso de amparo interpuesto por Silvia Elías de Pérez para impedir que se practiquen los ANP en todo el territorio de la provincia.

-¿Cómo se traduce esto en materia de políticas públicas en la provincia de Tucumán?

Mariana Alvarez: La situación de precariedad/dificultad de acceso del derecho vuelve a repetirse. Si bien sabemos que se realizaron varios abortos no punibles (ANP) en la Maternidad de la provincia Nuestra Señora de las Mercedes, el número a la fecha no llegaría a la veintena, lo que habla a las claras de que no se está ante una práctica que guarde correlatividad con el número de embarazos que pongan en peligro la vida o salud de la mujer o que sean productos de violencia sexual. No hay una política pública para aquellas mujeres que deben acudir a la salud pública a interrumpir legalmente un embarazo; se enteran de manera fortuita, “por el boca a boca” de la existencia del servicio, y siguen dependiendo de la “buena voluntad” de los efectores de salud. Es decir, ya no son titulares de un derecho, deben mendigarlo. Esta situación tampoco les hace sencilla la tarea a las/los efectores de la salud porque implica un gran desgaste para cada profesional que interviene el no tener directivas claras al respecto, pueden ser denunciados penalmente y  sus empleadores (Sistema Provincial de Salud, SI.PRO.SA.) ni siquiera salen a respaldarlos públicamente, o pedir que se desestimen este tipo de denuncias,  aunque se supone que deben realizar la práctica.

Nota central:

“Hay un doble estándar en el goce de derechos apenas se sale de la jurisdicción nacional”

 

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