En los últimos meses, fueron presentados en diferentes legislaturas del país proyectos de reglamentación de la prostitución o de los prostíbulos que invocan la necesidad de reconocer derechos a las personas prostitutas. Nos preguntamos sobre la compatibilidad de estas propuestas –impulsadas por la Asociación de Mujeres Meretrices de Argentina (AMMAR) y que han encontrado eco en legisladorxs oficialistas- con la posición abolicionista del estado argentino en torno al tema; y a la vez indagamos sobre un aspecto que los proyectos dejan a la luz: la ausencia de políticas públicas sobre prostitución. Preguntamos a cuatro feministas: ¿De qué forma debería un estado abolicionista reconocer derechos a las personas prostitutas? Responden Lohana Berkins, Silvia Chejter, Beatriz Gimeno, y Checha Merchán.
Por Sandra Chaher
COMUNICAR IGUALDAD– Un año atrás -y ante la presentación en el Parlamento Nacional de proyectos del oficialismo que tanto promovían la regulación de la prostitución como trabajo sexual como la penalización de el/la cliente- nos preguntábamos hacia dónde iban en nuestro país las políticas públicas sobre prostitución.
Hoy esa situación es aún más contradictoria. Si bien el proyecto que proponía reglamentar a nivel nacional la prostitución como trabajo sexual nunca fue tratado en comisión y su impulsor, Osvaldo López, ya no es más senador por Tierra del Fuego, en las últimas semanas fueron presentados un proyecto en la misma línea en la provincia de Mendoza y otro para legalizar el funcionamiento de prostíbulos en la Ciudad de Buenos Aires. A la vez, la próxima semana, será presentado en la Legislatura de la provincia de Santiago del Estero, un tercer proyecto en la misma línea del de Mendoza.
Todos están siendo impulsados por legisladorxs oficialistas, del Frente para la Victoria o de partidos aliados: Osvaldo López era integrante del Encuentro Democrático para la Victoria de Tierra del Fuego, parte del Frente Nuevo Encuentro que lidera a nivel nacional Martín Sabatella, titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA) y aliado del oficialismo; en Mendoza el proyecto fue presentado por Lorena Saponara, diputada provincial por el Frente para la Victoria; en la Ciudad de Buenos Aires, por María Rachid, legisladora también por el Frente para la Victoria; a la vez, en Santiago del Estero será presentado por Nora Mercado, diputada provincial del Frente Cívico por Santiago, partido oficialista en la provincia que a la vez apoya al gobierno nacional.
Y todos proponen una modificación en relación al estatus legal actual de la prostitución amparándose en el artículo 19 de la Constitución Nacional (“Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe”) y reclamando el reconocimiento de derechos para el sector por parte de la sociedad y el Estado. Si se aprobaran, la política pública dejaría de ser abolicionista: las personas prostitutas estarían reconocidas como trabajadoras sexuales con un carnet habilitante o libreta sanitaria.
A la vez, el gobierno nacional del que participan estxs legisladorxs viene manifestando una política pública acorde a la posición abolicionista de la Argentina a nivel internacional en materia de prostitución (no persecución de las personas prostitutas pero sí de la explotación sexual) y con énfasis en el combate a la trata de personas. Dentro de esta política pública se enmarca el proyecto de penalización del cliente de prostitución promovido por el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak (ya existe en el Parlamento un proyecto en esta línea presentado por el senador oficialista Aníbal Fernández) y la penalización de la publicación de avisos de oferta sexual a través del Decreto 936 del Poder Ejecutivo Nacional de julio del 2011.
La tradición abolicionista de Argentina está presente en el Código Penal de 1921, que señala, en el artículo 125 que será penada la persona que “promoviere o facilitare la prostitución”; luego, en 1937, fue aprobada la Ley de Profiláxis, que prohíbe la existencia de whiskerías y cabarets en los que se ejerza la prostitución; en 1949 fue firmada la Convención Internacional contra la Trata de personas y la Explotación de la prostitución ajena; y en las últimas décadas se dio rango constitucional a la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés), que en su artículo 6 señala que “Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para suprimir todas las formas de trata de mujeres y explotación de la prostitución de la mujer”.
Aun con esta normativa, existen desde hace décadas en nuestro país prostíbulos -habilitados por ordenanzas municipales bajo el eufemismo de whiskerías- y las personas prostitutas son perseguidas por delitos presentes en los Códigos de Faltas municipales como “promoción o facilitación de la prostitución”, “ofensa al pudor” y “desnudez en público”, entre otros.
Ahora bien, las políticas públicas de Argentina nunca fueron activas en relación a los derechos de las personas prostitutas. La perspectiva abolicionista considera a la prostitución como una evidencia de las desigualdades estructurales de género y una forma extrema de violencia. Sin embargo, la prostitución existe y probablemente siga haciéndolo en la medida en que habitemos estados patriarcales en los que la desigualdad de género no es fuertemente combatida y desnaturalizada. En ese contexto, nos preguntamos: ¿qué políticas públicas debería poner en práctica un estado abolicionista en relación con la prostitución? ¿No criminalizar ni perseguir a las personas prostitutas es suficiente?
La Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR), que es quien está impulsando los proyectos de reglamentación del trabajo sexual en todo el país, pone en evidencia justamente con sus reclamos la ausencia de políticas públicas para este sector. Desde una posición reglamentarista, AMMAR propone que la prostitución sea reconocida como trabajo sexual por la sociedad y el Estado, con organismos específicos para hacerse cargo del tema.
Pero un estado abolicionista no puede reconocer a la prostitución como trabajo sexual. Si lo hiciera, pasaría a tener una política pública reglamentarista. Sin embargo, sí puede, y debería, ofrecer activamente derechos a sectores particularmente vulnerables a la desigualdad y la opresión como son las personas prostitutas.
¿Cómo podría hacerlo? Consultamos a cuatro feministas identificadas con el abolicionismo sobre el tema: Beatriz Gimeno, activista española autora del libro La prostitución; Silvia Chejter, socióloga y autora de La prostitución. Lugar común; Checha Merchán, coordinadora del Comité Ejecutivo para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas; y Lohana Berkins, responsable de la Oficina de Identidad de Género y Orientación Sexual del Observatorio de Género en la Justicia del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires.
Las cuatro señalan fundamentalmente lo mismo: el Estado debe visibilizar la existencia de las personas prostitutas y poner en práctica políticas específicas para el sector que permitan que quien lo desee abandone la prostitución. Un estado activo en el combate a la desigualdad de género debería proveer vivienda, trabajo, acceso a la salud y a la educación de forma específica.
Eso aún no está sucediendo.
Opiniones:
Lohana Berkins: “Lo primero que debería crearse es una oficina de atención a la víctima de prostitución”
Silvia Chejter: “El Estado debe garantizar que ninguna persona sea sometida a prácticas sexuales por una situación de dominación económica”
Beatriz Gimeno: “Ninguna política respecto a la prostitución tiene que ser represiva para las trabajadoras sexuales”
Checha Merchán: “Las personas en situación de prostitución deben poder acceder de igual modo que cualquier otra persona a los derechos conquistados”
Informe: Belén Spinetta.
Notas relacionadas:











1 Comentario
La Ley de «Profilaxis» de 1937 no fue dictada para proteger a las prostitutas, sino (como bien indica su nombre) para evitar la proliferación de enfermedades venéreas, en una clara réplica de las políticas sanitaristas de esos tiempos. En cuanto al «Convenio para la represión de la trata de personas y explotación de la prostitución ajena» (ONU 1949), Argentina ratificó el «Convenio» recién en 1957, después del derrocamiento de Perón, quién bajo distintas disposiciones legales y reglamentarias, no solo no combatió el libre ejercicio de la prostitución, sino que incluso dictó reglamentaciones para el funcionamiento de los prostíbulos («casas de tolerancia»), y para cuidar la salud de las prostitutas y sus clientes. Ser Abolicionista es una cosa, y ser aboliucionista-prohibicionista una totalmente distinta!!!… Y en la Argewntina de hoy en día, lo que campea es el prohibicionismo encubierto, es decir, disfrazado de abolicionismo!!!…