Pretenden restringir derechos vinculados a la diversidad en la ONU

El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas aprobó el 25 de junio la Resolución “Protección de la Familia” que, si bien no define a qué denomina “familia” tampoco explicita la posibilidad de la diversidad en la conformación familiar. La resolución, impulsada fundamentalmente por países de Africa y Asia –acompañados por Rusia- se suma a una avanzada de los sectores conservadores en los ámbitos internacionales de debate de derechos humanos y, si bien podría no tener efecto en naciones comprometidas con la ampliación de derechos en el ámbito de la diversidad, sí podría ser utilizada como justificación de restricción de estos mismos derechos en naciones conservadoras. Argentina se abstuvo.

Por Sandra Chaherres1

COMUNICAR IGUALDAD– El 25 de junio del 2014, en el marco de la 26º sesión del Consejo de Derechos Humanos (CDH) de las Naciones Unidas, fue aprobada la Resolución “Protección de las Familias” que, a la vez que propone actividades a realizarse sobre el tema durante la siguiente sesión del CDH define qué entiende por “familia”.

Dice la Resolución –aprobada por 26 votos a favor, 14 en contra y 6 abstenciones (entre ellas la de Argentina)-: la familia es “el grupo fundamental de la sociedad y el ambiente natural para el crecimiento y el bienestar de todos sus miembros y especialmente de los niños; debe concederse a las familias “la protección y asistencia necesarias para poder asumir plenamente sus responsabilidades dentro de la comunidad”; tiene derecho a la protección de la sociedad y el Estado”; y tiene la responsabilidad fundamental de proteger a los niños para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, entre otras definiciones similares. A la vez, la resolución propone que, durante la 27º sesión del CDH, se realice un panel de discusión sobre cómo se implementará esta protección de la familia.

La resolución, si bien no tiene efectos concretos inmediatos, intenta sentar posición sobre una mirada restrictiva y conservadora de la composición familiar, reduciéndola a un “orden natural” de familia heterosexual, no ensamblada, conformada por madre y padre. No se hace mención a los diversos tipos de familias integrados por sólo madre o padre, por hijas e hijos de diferentes matrimonios, por parejas homosexuales, entre otras posibles diversidades de la conformación familiar.

La resolución fue interpretada a nivel internacional como una derrota en la ampliación de derechos de las personas de acuerdo a su identidad de género y orientación sexual. Sin embargo, la mirada conservadora de la familia afecta también a mujeres, niñas y niños en la medida en que, tal y como planteó Brasil en su oposición a la resolución, la familia tradicional –como viene demostrando hace años el feminismo y los estudios de género- es epicentro de algunas de las mayores vulneraciones de derechos humanos vinculados: violencia, abuso sexual, matrimonio precoz, entre otros. 

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La resolución habla de la familia en singular, como si existiera un solo tipo de familia: heterosexual, monogámica, patriarcal. Operación discursiva que no reconoce que existen diversas formas de la familia, incluidos los hogares monoparentales, parejas del mismo sexo, familias mixtas, familias extensas, familias sin hijxs, familias de personas divorciadas, familias intergeneracionales, etc señala Sandra Aguilar, integrante de Desde el Fuego CABA, colectiva diversa y antipatriarcal. Y agrega: “Se intenta establecer a ‘la familia’ como sujeto de derechos humanos. Esto implicaría desconocer las violaciones a los derechos humanos y los abusos que ocurren en las propias familias y que son perpetrados contra las personas dentro de ellas. Se contrapondrían derechos, ¿cuáles habría que atender? ¿Por qué ‘la familia’ debería tener más derechos que los individuos? Cambiar el foco de atención en materia de derechos humanos implicaría un gran retroceso para las conquistas del movimiento de mujeres, los derechos de lxs niñxs y del movimiento LGBTI, entre otras conquistas”.

El aspecto negativo de esta resolución es que se ha perdido una posibilidad de redefinir los alcances de la noción de familia dentro del sistema internacional de los derechos humanos que sea extensiva a las diferentes formas de expresión familiar –observa Emiliano Litardo, activista legal e integrante de Abosex (Abogad*s por los Derechos Sexuales) y Alitt (Asociación de Lucha por la Identidad Travesti y Transexual)-. Si bien la resolución no define a la familia, delimita en parte su constitución con el cuidado de niños y reitera algo que no es nuevo: la familia es el núcleo esencial y natural de la sociedad. Tal conceptualización puede ser problemática en la medida en que le atribuye a la noción de familia una naturaleza desprendida de las posibilidades socio culturales de su conformación. Estimo que al reafirmar la noción de familia como unidad natural, se está reafirmando una particular perspectiva occidental de la idea de familia. Al mismo tiempo que le asigna a la familia un estándar de incuestionabilidad por una fuerza moral que no necesariamente debe tenerla, especialmente cuando muchas legislaciones constituyen sus nociones de familia según criterios heteronormativos de tipo reproductivos.”

Hablar de la familia como construcción ‘natural’ no tiene que ver con la ignorancia, sino con una agenda anti-derechos que viene ganando terreno en muchos países –observa a su vez Luis De Grazia, militante en temas de género e integrante de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto-. Creo que esa agenda es la contrareacción de la derecha ante el avance de los derechos LGTB y de las mujeres en varias leyes conquistadas por una intensa militancia.”

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Litardo se muestra optimista en relación al impacto de la resolución: “El sistema internacional de los derechos humanos permite una lectura pro activa hacia los grupos sociales que corren con desventajas jurídico políticas. No creo que el Consejo termine por acotar el concepto de familia hacia una unidad heteroparental reproductora, ya que el sistema de los derechos humanos es justamente un sistema que debe mostrar racionalidad y coherencia en el armado de sus políticas de protección. Sería un absurdo que Naciones Unidas, que reconoce los matrimonios igualitarios de sus empleados dentro de sus esferas, no impida que el Consejo acote la idea de familia a una perspectiva occidental heteronormativa” señala.

Agrega De Grazia: “Calculo que los alcances de la resolución tendrán que ver con la impronta que le de cada país. De ser así, servirá para sostener aun más la hegemonía heterosexual en los países donde se evidencia un gran rechazo a la diversidad de sexualidad y para inhibir cualquier posibilidad de avance en ampliación de derechos, y quedara en la nada en países donde no se dan con tanta regularidad situaciones de homo/lesbo/transfobia legalizada”.

Estamos viviendo un proceso de realineamiento de fuerzas a nivel internacional, de recomposición de lugares. Donde Rusia busca erigirse nuevamente como potencia mundial -analiza por su parte Aguilar-. Esta medida en particular fue impulsada por países del Hemisferio Sur, en  oposición a una política que entienden impuesta y promovida desde el ‘norte’ por países de Europa y Estados Unidos, que no contemplaría sus intereses. Con este avance se pretende dar por concluido el debate respecto de la diversidad de familias para ‘avanzar en otros temas que conciernan a todo el mundo y no solo a las élites del norte’, como dijo Austin Ruse, presidente del Instituto Familia Católica y Derechos Humanos de Estados Unidos.”

Y alerta sobre la posición asumida por Argentina en la votación. La resolución fue aprobada con 26 votos a favor (Argelia, Benin, Botswana, Burkina Faso, China, Congo, Costa de Marfil, Etiopía, Gabón, India, Indonesia, Kazakhstan, Kenia, Kuwait, Maldivas, Marruecos, Namibia, Pakistan, Filipinas, Federación Rusa, Arabia Saudita, Sierra Leona, Sudáfrica, Emiratos Árabes Unidos, Venezuela y Vietnam), 14 en contra (Austria, Chile, República Checa, Estonia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Japón, Montenegro, República de Corea, Rumania, Reino Unido y Estados Unidos)y 6 abstenciones (Argentina, Brasil, Costa Rica, México, Perú y la República de Macedonia). Cuba no votó.

Es interesante observar que la posición de Argentina haya sido la abstención dado que internacionalmente es considerado un país embanderado y líder en temas de legislación y políticas en derechos humanos en general y sexuales en particular” concluye.

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