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La ideología conservadora domina los temas de derechos sexuales y reproductivos en la reforma de los Códigos Civil y Penal
Días atrás se realizó en la Facultad de Derecho de la UBA la Jornada debate: Los derechos reproductivos en la agenda pública y legislativa, con el objetivo de discutir de qué manera estos temas están siendo tratados en los proyectos de reforma del Código Civil y Penal. Tanto el artículo 19 del Código Civil, como las figuras nuevas sobre aborto del Anteproyecto del Código Penal fueron los temas centrales. Ambos proyectos, en estos temas, retroceden en relación a los tratados internacionales de protección de derechos humanos.
El evento -organizado por Amnistía Internacional (AI), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Católicas por el derecho a Decidir (CDD) y el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM)- tuvo el objetivo de discutir de qué forma los derechos sexuales y reproductivos están siendo tratados en las reformas del Código Civil y del Código Penal que en este momento está abordando el Estado.
Luego de la conferencia de Pinto, se realizó un panel común a ambas reformas que intentó dar una idea del debate regional en torno al tema. María Consuelo Mejía -integrante por México de la Red Latinoamericana de CDD- se refirió al debate regional e internacional luego del Consenso de Montevideo, de agosto del 2013, y de la 47ª sesión de la Comisión sobre Población y Desarrollo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), realizada en abril de este año.
“El Consenso de Montevideo pasará a la historia como un momento de celebración para los grupos de mujeres. Este logro no habría sido posible sin el trabajo
feminista pero tampoco sin el gobierno de Uruguay” afirmó. En relación a la 47ª sesión sobre Población y Desarrollo, analizó: “El documento final tiene sabor a poco. No se avanzó en ningún aspecto como esperábamos, sobre todo quienes veníamos de América latina donde había aprobado el Consenso de Montevideo. El lobby conservador internacional, liderado por el Vaticano, logró su objetivo de detener el avance”.
Mejía se refirió también a las observaciones que hizo el Comité de Derechos del Niño al Vaticano en febrero de este año como parte de las observaciones periódicas que ese organismo realiza a los Estados. Se trata de un documento que a nivel internacional fue analizado como un duro cuestionamiento hacia las políticas del Vaticano en varios temas. “La resolución es fuertísima –analizó Mejía-. Toca todos los temas con los que el Vaticano evadió el respeto a los derechos humanos: el abuso sexual, el aborto, la ex comunión. Es una mirada muy integral e interesante. Se habla de la necesidad de cambiar la educación y el Código Canónico, todo en nombre de derechos de los niños.”
Paola Bergallo –perito en el caso Artavia Murillo ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)- , se refirió a esta sentencia del 2012 en la que la CIDH aclaró definitivamente los alcances del artículo 4, inciso 1, y del artículo 1, inciso 2, de la Convención Americana de Derechos Humanos en relación a cuándo se considera que se ha iniciado la vida.
“Hasta ese fallo, sólo contábamos con uno anterior de la CIDH de 1981, el caso Baby Boy. Hubo que esperar hasta 2012 para que el sistema interamericano nos diera algo para sofisticar nuestra interpretación del art 4.1 –señaló Bergallo-. El fallo Artavia Murillo Caso hace tres tipos de contribuciones: sobre el significado del artículo 4, inciso 1; sobre la protección de los derechos reproductivos; y, la más importante: la idea de que el deber de proteger la vida no es absoluto, sino que debe haber una ponderación. El fallo señala claramente que los embriones no son personas, que la concepción comienza con la implantación en el seno materno, y que el derecho protege la vida de forma gradual.”
El segundo panel fue de debate sobre el proyecto de reforma del Código Civil en relación a los derechos sexuales y reproductivos. Marisa Herrera –especialista en Derecho de Familia de la Universidad de Buenos Aires- señaló sobre la modificación que se hizo en el Senado al proyecto de reforma, en particular sobre el artículo 19: “Esa reforma se realizó en connivencia con la Iglesia. Además ese artículo, así como quedó reformado, diciendo que la existencia comienza con la concepción, es contradictorio con otros artículos del mismo proyecto –como el 20 ó 21- que hablan de la concepción como sinónimo de embarazo, es decir de implantación en el seno materno”. El párrafo original, antes de los cambios que introdujo el Senado, decía: “La existencia de la persona humana comienza con la concepción en el seno materno”.
Nelly Minyersky –también especialista en Derecho de Familia y docente de la Facultad de Derecho de la UBA- señaló otras contradicciones del proyecto con media sanción parlamentaria: la que aparece entre un artículo 1º que señala que el Código debe ser interpretado a la luz de los tratados internacionales y un artículo 19º que “es pre Velez Sarsfield” (Dalmacio Veléz Sarsfield fue autor del actual Código Civil en 1869). Luego se preguntó: “¿Cómo puede ser que toda la parte del derecho de familia de este código sea de avanzada –trabajo en el hogar, alimentos, cuidado de hijos, prestación compensatoria- y tenga este artículo 19? Este proyecto es una muestra de cómo el derecho es una lucha de poderes. No se nos quiere sacar a las mujeres del lugar de generadoras de vida”.
Alberto Kornblihtt –biólogo y doctor en Ciencias Químicas- dio la mirada de la ciencia sobre el tema: “Este no es un tema biológico, sino político. Y se preguntó: si es posible
entender la muerte aun cuando en el cuerpo quedan células vivas por mucho tiempo, ¿por qué no se puede entender que el hecho de que haya células vivas no significa que hay personas?”. Luego se refirió a la que, desde su punto de vista, sería la redacción correcta del artículo 19 del CC: “Debería decir que ‘la vida humana comienza en el nacimiento, sin perjuicio de los instrumentos legales que establecen los derechos del embrión’, porque el embrión tiene derechos, pero no son los mismos que los de una persona humana”.
Código Penal
En el panel sobre el Anteproyecto de Reforma del Código Penal (ACP) participó la diputada nacional Diana Conti quien señaló refiriéndose a la despenalización del aborto en general, no a las modificaciones que sobre el tema incluye el ACP: “El máximo consenso alcanzado en el Parlamento sobre el aborto es que sea despenalizado en los tres primeros meses”.
María Elena Barbagelata, integrante de la comisión redactora del Anteproyecto de Código Penal señaló que esa comisión –presidida por el juez de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Zaffaroni- “había planteado de inicio que no se tocarían los artículos sobre aborto presentes en el Código Penal, porque esto condenaba al proyecto al cajón, tal como sucedió con otros intentos de reforma en el 2006 y otras veces anteriores”. Sin embargo, sí se plantearon finalmente modificaciones. Por un lado, se aggiornó el ACP al fallo F.A.L., de marzo del 2012, corrigiendo la redacción en lo referente a violación tal como plantea el fallo. Pero luego, “aparecieron tipos penales nuevos como el aborto culposo, la lesión al feto culposa y dolosa y aumentos de penas en las figuras de aborto producidos sin el consentimiento de la mujer”, explicó Barbagelata.
Luego mencionó el avance que significa que el anteproyecto contemple la violación dentro del matrimonio, aunque cuestionó que la penetración con objetos tiene una pena menor.
El constitucionalista Andrés Gil Dominguez criticó que sólo una mujer integrara la comisión redactora del ACP y que en el mismo hubieran sido convocadas sólo personas provenientes del derecho, sin promover la interdisciplinariedad.
También cuestionó la propuesta del anteproyecto en temas de aborto, sumando figuras y penas, y recordó que Argentina tiene justamente observaciones de comités internacionales de derechos humanos, pidiendo que el país avance en la despenalización del aborto y no en su mayor punición.
“La iglesia ejerce hoy una gran presión y logró modificaciones en los proyectos de ambos códigos, pero tampoco el Poder Ejecutivo y la presidenta están en disidencia con la posición del Papa Francisco sobre estos temas –concluyó-. Cuando empezaron a trabajar, decían no querían que el aborto se devorara al Código Penal, pero lo que logran con esto es que el Código se devore a las mujeres.”
Foto destacada de izquierda a derecha: Consuelo Mejía, Mónica Pinto y Paola Bergallo. Gentileza Amnistía Internacional.