La desigualdad de género que se multiplica tras las rejas

La desigualdad de género presente en la sociedad se amplifica y potencia en espacios de encierro. Las investigaciones y las historias cotidianas dan cuenta de una particular vulnerabilidad, y un específico ensañamiento por parte de las autoridades carcelarias, hacia las mujeres y las personas trans. Esto en el contexto de un enorme aumento de la población carcelaria femenina, vinculado a que las mujeres, que suelen ocupar los eslabones más bajos de cadenas delincuenciales como el narcotráfico, reciben sin embargo penas altísimas.

laura1Por Laura Salomé Canteros

COMUNICAR IGUALDAD-Observar con enfoque de género el sistema carcelario permite visibilizar las opresiones, discriminaciones y situaciones de vulnerabilidad de las personas privadas de su libertad en formas y modalidades de violencias específicas. Permite trabajar desde las políticas públicas; prevenir la “suma de los abusos”, de situaciones en la que las mujeres y las personas trans llegan al encierro siendo víctimas de reiteradas formas de violencias, exclusión y pobreza; y avanzar en la democratización del Poder Judicial garantizando el acceso de las mujeres a adecuados patrocinios jurídicos y a la capacitación en derechos humanos, sensibilización y desmilitarización de la institución penitenciaria.

El número de mujeres alojadas intramuros se incrementó un 193% entre 1990 y 2012 en el país, mientras que durante el mismo período, la población masculina creció un 111%. Quizá por esto, varias instituciones del Estado y organismos de derechos humanos comenzaron a trabajar en forma transversal el enfoque de géneros para diversificar la mirada sobre el desempeño de los servicios penitenciarios, el sistema penal y el rol de falsa resocialización que tienen los penales en la sociedad.

Uno de estos organismos, la Comisión sobre Temáticas de Género de la Defensoría General de la Nación, tiene como objetivo ampliar el acceso a la justicia y propender a una mejor defensa de los derechos. Esta Comisión ya tuvo diversas intervenciones para mejorar el sistema de traslados de las mujeres embarazadas o que están con sus hijos/as en las cárceles; para que se cumpla con la ley de identidad de género en el ámbito del sistema de administración de justicia; para facilitar el acceso a las visitas íntimas con personas del mismo sexo y para ampliar el acceso de mujeres embarazadas o a cargo de hijos/as menores de edad al arresto domiciliario, entre otras.

Para Valeria Picco, abogada e integrante de la Comisión, “las aportaciones feministas realizadas al estudio del derecho y del sistema penitenciario muestran que el crecimiento de la arte2población carcelaria femenina se observa en la mayoría de los países de la región e indican que obedece fundamentalmente al hecho de que las mujeres, al igual que los colectivos desaventajados, son acusadas y condenadas por delitos que acarrean penas muy severas y desproporcionadas. Al respecto, el estudio Mujeres en prisión en Argentina: causas, condiciones y consecuencias, presentado en mayo de 2013, elaborado por la Defensoría General de la Nación junto a otras instituciones académicas extranjeras, reveló que el 55,75% de las mujeres presas encuestadas había sido procesada o condenada por delitos relacionados con drogas y que ellas participaban de los eslabones más bajos de las cadenas de tráfico y comercialización, que son –no casualmente- los que están más expuestos al control del sistema penal.

No hay dudas que todas las personas privadas de la libertad se hallan en una situación de extrema vulnerabilidad –observa Picco-. El encierro conlleva con frecuencia la aplicación sistemática de prácticas de tortura, vejaciones y otras formas de humillación, así como modalidades de gestión y disciplina que están muy lejos de contribuir con el objetivo constitucional de reinsertar socialmente”. Y agrega: “en el caso de las mujeres y las personas LGTTBI la situación de vulnerabilidad se agrava y adquiere rasgos diferenciados debido a que la lógica punitiva está siempre atravesada por las desigualdades de géneros”.

Según Picco, las vulneraciones de derechos más comunes dentro de las unidades penitenciarias son el no respeto por los derechos sexuales y reproductivos, el no acceso a educación y capacitación y también la falta de tratamientos de salud libres de estereotipos, violencias y discriminación. En las cárceles no hay derecho a permanecer junto a sus hijas e hijos pequeños en un ámbito apropiado ya que no hay infraestructura que provea de todos los servicios que requiere la atención materno-infantil, ni lugar a que se respete la identidad de género mediante la implementación de sistemas de registro apropiados, etc. “La mayor discriminación que sufren las mujeres es  la propia condena privativa de libertad, en especial para aquellas que están embarazadas o son madres de niñas y niños pequeños” concluye.

Desterrar el mito de la resocialización 

Poner en discusión el mito de la resocialización debería ser objetivo y motivo de agenda publica. Según el libro Mujeres y prisión, redactado por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), las cárceles constituyen espacios de hacinamiento y tortura psicológica y física sistemática en un estado democrático, que lejos de”resocializar” perpetuán las arbitrariedades del “afuera” muros adentro, en situaciones que constituyen violaciones a los derechos humanos. “La cárcel es una institución cuestionada desde distintos espacios políticos, tradiciones y disciplinas –se señala en la investigación-. El paradigma de la resocialización se ha revelado como una falacia o un mito, y se ha demostrado que la pena, en el mejor de los casos, es un mal en sí mismo. El daño que de por sí ocasiona la prisión, además, se complementa con evidencias de violencias estructurales en los lugares de encierro, condiciones de detención indignas, situaciones de maltrato y tortura. Así, las consecuencias que posee la pena privativa de libertad exceden de manera amplia sus efectos intrínsecos y abarcan la totalidad de los aspectos de la vida de las personas detenidas. Cuando se escucha el relato de alguien que pasó por el encierro, es evidente que la cárcel deja huellas imborrables en el sujeto y en su grupo familiar”.

La información recolectada en la investigación a través de encuestas, al 30% del total de la población femenina en prisiones federales de la Argentina, arroja datos sobre las condiciones de encierro. En salud, a un tercio de de las mujeres entrevistadas nunca les fue realizado un PAP y más de tres cuartos del total jamás fueron controladas para prevenir el cáncer de mamas. En higiene, el 26% no tiene el suficiente acceso a toallas femeninas y en cuanto a la proximidad del lugar de detención y las visitas, la investigación detectó que el 53% de las mujeres entrevistadas se encuentran alojadas a más de 100 kilómetros de sus hogares y/o familias.

Más allá de las medidas positivas adoptadas sobre la situación específica de las mujeres, como el arresto domiciliario y los programas que permiten que los/as niños/as vivan en prisión con sus madres, éstas pocas veces se cumplen. Y cuando lo hacen es luego de mucho batallar en la arena judicial. Algunas propuestas que mejorarían el trato de las mujeres en el sistema carcelario son reducir las condenas por tráfico de drogas de mujeres que se encuentran en lo más bajo de la cadena delictiva, ofrecer alternativas diferentes al encarcelamiento y reducir el uso y la duración de la prisión preventiva. 

En el caso específico de las personas trans, las torturas y tratos inhumanos operan disciplinando la construcción de la identidad y la sexualidad y sancionando el alejamiento de la heteronormatividad. No existen pabellones o espacios de detención pensados para alojar personas trans y en la práctica, han sido destinadas a pabellones de castigo u otros, donde conviven con personas condenadas por delitos contra la integridad sexual.

Más allá de que las mujeres y las personas trans en situación de cárcel se alojen en anexos o en unidades penales exclusivas, no dejan de ser unidades pensadas y diseñadas para varones. Según el Informe anual 2012 del Comité contra la tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, además de la violencia inherente a las instituciones penitenciarias, la violencia de géneros impregnada en las políticas criminales, refleja las relaciones de poder desiguales sexo-género. Golpes, requisas vejatorias constantes, falta de atención médica, falta de elementos de higiene y limpieza, traslados arbitrarios, alojamiento en unidades no preparadas para el efecto, ruptura de vínculos familiares, constituyen todos tipos de violencias: institucional, física, psicológica, sexual, simbólica y obstétrica.

laura2En conclusión, el enfoque de géneros debería contribuir a la democratización de las instituciones y a la construcción de lugares de cumplimiento de condenas en condiciones de plena y humana dignidad. Para esto, sería importante no sólo replantear la infraestructura para el alojamiento de mujeres, mujeres embarazadas, mujeres con hijos/as, con VIH o personas del colectivo LGTTBI, sino también otorgar plenas oportunidades laborales y educacionales y desterrar las prácticas sistemáticas de violencia institucional.

El enfoque de igualdad aplicado al sistema carcelario podría ser una herramienta eficaz que amplíe y diversifique la concepción vigente de derechos humanos. En los últimos años hemos presenciado algunos cambios significativos en la gestión penitenciaria, sin embrago, las reiteradas denuncias por violaciones a los derechos humanos de las personas presas persisten.

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