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Dos proyectos para aminorar el maltrato
El 08 de octubre de 2013, diputados y diputadas de los más variados partidos presentaron en la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la Cámara Baja dos proyectos que pretenden, aunque sea, aminorar la violencia institucional que suelen padecer las mamás que viven el infierno de denunciar a su pareja (o ex) por maltrato o abuso sexual de sus hijos o hijas.
Por Mariana Fernández Camacho
COMUNICAR IGUALDAD- En primer lugar, Gladys González y Pablo Tonelli, del PRO; Patricia Bullrich, de Unión por Todos; María Luisa Storani, de la UCR; y Gustavo Ferrari, del Frente Peronista, propusieron modificar el primer artículo de la Ley 24270 de Impedimento y Obstrucción de Menores de Edad con sus Padres no Convivientes (más conocida como Ley Apadeshi, porque fue impulsada por la Asociación de Padres Alejados de sus Hijos, una entidad que agrupa a muchos varones denunciados por violencia y abuso sexual).
“El proyecto de ley tiene el objetivo de evitar la imputación del delito de impedimento de contacto en las situaciones en las que el padre conviviente solicitó el otorgamiento de una medida cautelar de protección personal o su prórroga pero que, por demoras propias del sistema, la misma no ha podido ser otorgada aún. Se intenta cubrir ese vacío temporal que existe entre que el padre conviviente solicita la medida y que el/la juez/a la otorga para evitar que sea acusado/a de impedimento de contacto”, explica María Alejandra Labollita, Jefa de Despacho de la diputada González.
Es decir, se propone reprimir con prisión a quien impidiera el contacto SALVO que esté pendiente una medida cautelar de protección solicitada oportunamente por la mamá (o papá) conviviente y que ésta sea posteriormente otorgada. Así, se apunta a que no haya acercamiento entre víctima y maltratador en el tiempo real que existe entre que se sospecha del abuso y hasta que la justicia se expide.
Cautelares sine die
Los mismos firmantes presentaron un segundo proyecto para rever la duración de las medidas de protección personal en los casos de violencia familiar, fundamentando que no pueden regirse bajo los criterios que regulan el otorgamiento de las clásicas cautelares patrimoniales y teniendo en cuenta que es importante que las medidas de protección que se tomen en los procesos de familia sean evaluadas de acuerdo a la delicadeza de los temas en conflicto. En este contexto, entonces, se propone que salvo que el/la juez/a determine fundadamente lo contrario, las medidas cautelares tengan vigencia hasta que la sentencia definitiva adquiera firmeza. (Ver http://www.hcdn.gob.ar/proyectos/proyecto.jsp?id=156985)
En criollo: se espera que, una vez otorgadas, las cautelares (ordenar la exclusión del abusador de la vivienda donde habita el grupo familiar, por ejemplo;) no tengan vencimiento —como hasta ahora— para evitar que, cumplido el plazo, la persona denunciante tenga que andar corriendo detrás del juez o la jueza para que las renueve y, en el medio, víctima y victimario vuelvan a compartir techo.
NOTA CENTRAL:
Falso SAP: violencia institucional y mucho mas