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Con el fallo F.A.L. no alcanza
Cuatro organizaciones de la sociedad civil realizaron un video sobre la causal violación del aborto legal, con el objetivo de sensibilizar y concientizar a las mujeres, y en particular a las adolescentes, sobre su derecho a acceder al mismo. Se está difundiendo en redes sociales y se evalúan acuerdos para que sea parte del menú audiovisual de las salas de salud. En Jujuy, otro video realizado por una productora privada, también intenta generar conciencia sobre este derecho que –si bien está presente en el Código Penal desde 1921 y fue ratificado por la Corte Suprema de Justicia en el 2012- el Estado argentino aún no ofrece abiertamente y se niega a prestar en muchos casos.
Por Sandra Chaher
Amnistía, el Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), la Fundación Estudios e Investigación de la Mujer (FEIM) y el Centro de Estudios para el Estado y la Sociedad (CEDES) son las cuatro organizaciones que realizaron la producción con el apoyo del Consorcio Latinoamericano contra el Aborto Inseguro (CLACAI).
El video explica los derechos que tenemos las mujeres en relación a los abortos legales, particularmente la causal violación. Si como consecuencia de ésta, la mujer queda embarazada puede ir a un hospital y esperar recibir atención médica y opciones en relación al embarazo, entre las cuales está el aborto. El video destaca que la violación puede haber sido cometida por una persona desconocida, pero también conocida –visibilizando de esta forma el uso de la violencia sexual dentro de las parejas y/o matrimonios-; que el hospital no puede pedir denuncia policial ni judicial, sino que basta con la declaración jurada realizada por la mujer en la misma institución de salud; destaca las causales en las que el aborto es legal en nuestro país –en caso de violación y de peligro para la vida o la salud de la mujer-; que este derecho debe ser cumplido en todo el país, sin excepciones; y que las beneficiarias son tanto mujeres adultas como adolescentes y niñas.
El video fue pensado por las organizaciones a dos años del fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que normativizó la forma en que debían implementarse los abortos legales presentes en el Código Penal (CP) Argentino desde 1921, y justamente tras la evaluación de que esa sentencia no implicó para los derechos de las mujeres los avances que se esperaban. No por el fallo en si, sino por la falta de cumplimiento del mismo por parte del Estado, encarnado en forma de juezas y jueces que dificultan los abortos no punibles en forma directa cuando llega caso a sus despachos (hubo un caso en esta línea el año pasado en Salta), juezas y jueces que fallan a favor de que los hospitales provinciales estén exentos de cumplir con este derecho (el caso de Córdoba), ejecutivos y legislativos provinciales que aprobaron protocolos de atención de abortos no punibles restrictivos en relación al fallo de la CSJN y de un Ministerio Nacional de Salud que no baja una línea política clara a las provincias de que deben acatar el CP y el fallo de la Corte.
“La situación del aborto legal no cambió en la forma que esperábamos después del caso F.A.L. –señaló Natalia Gherardi, integrante de ELA-. En el fallo se señala la relevancia de
contar con protocolos de aborto no punible y hoy hay en el país sólo 8 en línea con el fallo. Y la incertidumbre que hay hoy en el país en relación al cumplimiento del fallo se transforma en litigiosidad, que es lo que la sentencia de la corte quería erradicar.”
Si bien hay servicios de salud en todo el país que están implementando los abortos legales, no se sabe exactamente cuáles son ni cuantos abortos se implementan por año. A la vez, muchas de estas intervenciones se realizan gracias a la colaboración de redes feministas y en algunos casos de funcionarias/os de los ministerios de salud provinciales o nacional pero sin que esto adquiera trascendencia pública. “Justamente el hecho de que hayas redes informales, y que no existan datos oficiales, revela la ausencia de políticas públicas sobre el tema” afirma Gherardi. Silvina Ramos –del CEDES- completa: “Se trata de una situación particularmente bizarra: pareciera ser que se hacen más abortos no punibles porque corre más la voz, pero la forma de hacer política pública no puede ser a través de redes informales”.
“Se está revictimizando institucionalmente a las mujeres al no existir mecanismos que les permitan acceder a los derechos” afirmó Mabel Bianco, de FEIM. Y Mariana Romero, también del CEDES, explicó refiriéndose al caso reciente de una nena de 13 años víctima de una violación, en la localidad bonaerense de Moreno, a la que se le terminó practicando un aborto legal en una clínica privada, y con ayuda del movimiento de mujeres, ante la negativa de las autoridades del Hospital provincial Mariano y Luciano de la Vega de cumplir con su obligación argumentando que el embarazo estaba muy avanzado: “Hay muchísima bibliografía y evidencia de que ese aborto podía realizarse. Aun con riesgos, un aborto a la edad que tiene esa nena es menos riesgoso que llevar el embarazo a término. Ese debería haber sido el criterio prevalente, junto al deseo de la niña de no tenerlo”.
Las organizaciones se refirieron también a la tecnología con la cual los hospitales deberían estar implementando los abortos legales. Cuando se practican, se lo hace mediante legrados, desaconsejados desde el año 2012 por la Organización Mundial de la Salud, ya que, entre otras contraindicaciones, implica riesgos para futuros embarazos.
La tecnología más adecuada sería el aborto medicamentoso, en una combinación de dos drogas: mifepristona y misoprostol. La primera, sin embargo, no está aprobada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en ningún formato; en cuanto al misoprostol, sólo se comercializa para la venta al público como protector gástrico (en combinación con otra droga llamada diclofenac), y quienes están en servicios de salud pueden acceder a otra presentación específica para la maduración cervical en el parto a término. Es decir que la ANMAT no tiene aprobada ninguna presentación para venta al público en casos de abortos legales.
“Aun teniendo protocolos de abortos no punible acordes a los estándares de la Corte, si no tenemos aprobada la mifepristona en colaboración con el misoprostol –que es la forma que recomienda la OMS para la implementación de abortos-, no funciona –observa Silvina Ramos-. Estamos ofreciendo atención de segunda calidad a las mujeres.”
Jujuy
En la provincia de Jujuy también fue realizado recientemente, por la productora G Contenidos Audiovisuales, un video llamado Mi decisión, destinado a sensibilizar a las mujeres sobre el mismo derecho.
La producción de 7 minutos cuenta la historia de una mujer víctima de una violación –como producto de haber recibido drogas en una fiesta y luego haber sido violada, emulando así muchos casos similares de las provincias del interior de Argentina, el más emblemático el de María Soledad Morales- que recurre a una institución pública. Luego de los exámenes se entera que está embarazada y la médica le ofrece el derecho al aborto que la ley le garantiza. El video da cuenta así de la resolución que deberían tener todos los casos similares a lo largo y ancho del país.
El video termina con todas las mujeres participantes en el mismo, pertenecientes a un barrio popular de San Salvador de Jujuy llamado Campo Verde, diciendo “Las mujeres decidimos y la sociedad respeta”.