Colombia: las dificultades de implementación del fallo de la Corte Suprema que legalizó el aborto en el 2006

Acaban de cumplirse ocho años de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de Colombia que legalizó el aborto en ese país en casos de violación, malformación del feto incompatible con la vida y riesgo para la salud o la vida de la mujer. Carolina Melo, coordinadora de La Mesapor la Vida y la Salud de las Mujeres de ese país, analiza en esta nota los obstáculos de implementación de la sentencia, que enfrenta un proceso de dificultades similar al que viene registrando en Argentina el fallo F.A.L. de la Corte Suprema de Justicia, de marzo del 2012, sobre aborto no punible.

Por Ximena Correal Cabezas, desde Bogotá*col

COMUNICAR IGUALDAD- El 10 de mayo de 2006 se dio en Colombia un paso por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. La Corte Constitucional expidió la Sentencia C-355 de 2006 que despenalizó el aborto cuando: 1. El embarazo es producto de una violación. 2. El embarazo constituye riesgo para la salud o la vida de la mujer, y 3. Cuando el feto presenta una malformación incompatible con la vida fuera del útero.

Pese a que la Corte Constitucional se ha pronunciado favorablemente en torno a la salud sexual y reproductiva de las mujeres en varias oportunidades desde entonces (mencionamos las sentencias T-636/07, T-988/07, T-209/08, T-009/09, T-388/09, T-585/10, T-636/11 y T-841/11), llegando a considerar que la penalización del aborto implica la imposición de una carga desproporcionada que desconoce los derechos fundamentales de las mujeres; las disposiciones impartidas por el Tribunal son obstaculizadas por las barreras que generan las entidades públicas, en especial las encargadas de prestar el servicio de atención en salud.

Este año la Sentencia cumplió 8 años. Para contar el proceso de implementación de la misma, entrevistamos a Carolina Melo, coordinadora de La Mesapor la Vida y la Salud de las Mujeres de Colombia, una organización que trabaja por el acatamiento e implementación de disposiciones y políticas orientadas al efectivo cumplimiento de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en Colombia, especialmente el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE).

-¿Cuáles han sido los principales avances y retrocesos en materia de derechos sexuales y reproductivos en Colombia desde la sentencia de la Corte del 2006?

-En general las políticas sobre derechos sexuales y reproductivos en Colombia están formuladas bajo un enfoque de derechos que reconoce la libertad y autonomía de las mujeres, y han sido el resultado de luchas históricas promovidas por diversos movimientos de mujeres con el fin de alcanzar mayores niveles de equidad e igualdad. En este sentido, el papel que ha jugado la sociedad civil en los procesos de formulación de estas políticas ha sido fundamental. Sin embargo, y aunque existe un marco normativo favorable, también existen muchos retos para garantizar un pleno ejercicio de la ciudadanía de las mujeres, pues en un tema como el de IVE, un país verdaderamente democrático debería permitir la interrupción del embarazo bajo cualquier circunstancia. Por otra parte, más que retrocesos hablamos de barreras para el acceso a servicios de salud sexual y reproductiva relacionados con la falta de información, la falta de entrenamiento de los profesionales de la salud, las dificultades con el acceso a la justicia, los prejuicios culturales y la injerencia de sectores religiosos y conservadores. También es importante reconocer que existen amenazas, sobre todo en espacios de decisión como el Congreso de la República o en el papel que juegan algunos organismos de control y vigilancia, que pueden llegar a concretarse en retrocesos; y uno de los principales temas que podría verse afectado es el del acceso a servicios de aborto legal, pues existen iniciativas para regresar a un marco normativo completamente restrictivo.

col2-El 10 de mayo la sentencia C-355 de 2006 cumplió 8 años ¿Cómo ha sido su implementación?

La sentencia en sí misma constituye un avance fundamental en la garantía de los derechos humanos de las mujeres. Esta normativa las reconoce como ciudadanas autónomas capaces de tomar decisiones libres sobre su cuerpo y su maternidad, en ese marco, muchas mujeres han podido decidir por procedimientos de aborto legales y seguros, y continuar su vida bajo un proyecto definido por ellas mismas y no por obligación o imposición social y/o administrativa, como sería en aquellos casos donde las mujeres se ven obligadas a continuar un embarazo contra su voluntad. Sin embargo, existen muchas barreras para el acceso afectivo a servicios de IVE, algunas de ellas tienen que ver con aspectos generales y otras son barreras relacionadas específicamente con cada una de las causales despenalizadas. En términos generales, la principal barrera es una limitación cultural que impide ver a las mujeres como sujetos autónomos y libres, capaces de tomar decisiones por sí mismas y cuya identidad se define mas allá de la maternidad, que antes de ser un destino inexorable, es una decisión que debe ser libre e informada.

-¿Cuáles son los obstáculos que enfrentan las mujeres en Colombia para acceder a un aborto legal y seguro?

Existen barreras para el acceso a servicios de salud y justicia, y en los casos en los cuales se logra el acceso, se evidencia una falta de calidad en la atención médica. Esto se observa en demoras injustificadas, petición de requisitos adicionales a los contemplados en la norma, falta de prestadores disponibles para la práctica de los procedimientos y una irresponsable práctica de la objeción de conciencia por parte de los profesionales del sector salud; también es frecuente una comprensión limitada de las nociones de salud y vida, que reduce la idea de riesgo a las posibilidades de perder la vida. En los casos de violencia sexual, el acceso a la justicia es la principal barrera pues estos son delitos que las mujeres prefieren no denunciar por miedo a sus victimarios, quienes normalmente son personas conocidas; o por evitar la revictimización de los funcionarios públicos quienes están poco sensibilizados y desconocen los protocolos para la atención de las víctimas de este delito. En los casos de malformación incompatible con la vida extrauterina, las barreras están relacionadas con la dificultad que encuentran las mujeres para tener diagnóstico en edades gestacionales tempranas, muchas malformaciones son detectadas muy avanzado el embarazo, y aunque la norma no establece un límite en la edad gestacional para acceder a servicios de IVE, en la práctica los profesionales no están entrenados para practicar interrupciones de fetos con edad gestacional avanzada.

-¿Qué instituciones han apoyado el efectivo cumplimiento de la sentencia?

Por tratarse de un mandato constitucional, todas las instituciones del Estado colombiano responsables de proteger, promover, difundir y garantizar el derecho fundamental a la salud deberían tener un compromiso férreo por el cumplimiento de la sentencia, pero en términos generales, lo que existe en las instituciones son voluntades individuales por trabajar en pro de la efectiva implementación de la sentencia, más que un compromiso institucional por generar acciones de política que permitan implementar servicios de IVE oportunos , dignos y de calidad en todo el país. Es claro que la Procuraduría General de la Nación, cuya responsabilidad constitucional es la garantía y promoción de los derechos humanos, ha jugado un papel protagónico cuya agenda ha sido desconocer lo establecido por la Corte a través de la sentencia C-355 y de las nueve sentencias posteriores. Esta entidad ha sido un actor fundamental en el proyecto liderado por la ultra derecha y los sectores religiosos que buscan la penalización total del aborto y por esta vía, retroceder los avances en materia de equidad e igualdad de género, vulnerando los derechos fundamentales de las mujeres.

-Concretamente, ¿qué debe tener en cuenta una mujer para acceder a un aborto legal y seguro en Colombia?col3

-Lo primero y más importante que debe tener en cuenta es que no está cometiendo un delito, sino que está ejerciendo un derecho fundamental que es reconocido por el Estado y sus instituciones. Luego es importante que sepa que los requisitos para solicitar una IVE son muy sencillos en cada caso: certificación médica en los casos de malformación incompatible con la vida o en los casos donde su vida o su salud estén en riesgo, y la copia de la denuncia en los casos de violencia sexual. También deben tener en cuenta que son ilegales las demoras injustificadas, la negación de los servicios cuando estas son producto de la imposición de las convicciones religiosas o morales de los prestadores de servicios, y los tratos degradantes derivados de su solicitud de interrupción del embarazo; y que, aunque los médicos tiene derecho a declararse objetores de conciencia, de forma individual y personal, no como institución, estos también tienen la obligación de entregar información veraz y oportuna y de remitir a otro prestador que no sea objetor.

-Actualmente hay una iniciativa para impulsar un referendo que modifique el artículo 11 de la Constitución y prohíba el aborto ¿Qué implicaciones tiene esta iniciativa para el derecho que ya han ganado las mujeres?

-Es una iniciativa completamente antidemocrática que desconoce los principios constitucionales que dieron origen a la sentencia de despenalización del aborto. Sería un retroceso impresentable en un siglo donde urge reemplazar los antiguos modelos de desarrollo y modernización centrados en la producción y la renta nacional, por aquellos donde los seres humanos son el fin en sí mismos, y cuyos indicadores se construyen a partir de la calidad de vida y el respeto equitativo e igualitario a la dignidad hombres y mujeres. Porque la despenalización del aborto no es otra cosa que reconocer una carga desproporcionada que asumen las mujeres cuando se ven obligadas a continuar con un embarazo no deseado, que pone en riesgo su bienestar mental, emocional y físico, y la decisión del Estado de reparar dicha carga desproporcionada, en aras de un proyecto democrático donde hombres y mujeres son iguales.

*Comunicadora de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres.

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