“El Estado debe garantizar que ninguna persona sea sometida a prácticas sexuales por una situación de dominación económica”

Silvia Chejter es socióloga, docente de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires y coordinadora del Centro de Encuentros Cultura y Mujer. Escribió, entre otros libros, La niñez prostituida (2000) y Lugar común. La prostitución (2011).

COMUNICAR IGUALDAD- El Estado debe garantizar el derecho de todas las personas a vivir una vida sin violencia. Esta afirmación general, se traduce en el campo de la sexualidad, en el derecho a no ser abusada, violada o explotada sexualmente. La legislación reconoce que no sólo existe violencia o física  o sexual sino que también se configura violencia cuando no es posible el ejercicio de la libertad o se actúa bajo coacción o por situaciones de vulnerabilidad.

En este sentido se admite que existe abuso sexual cuando por razones de edad no se puede consentir, existe violación cuando hay abuso de autoridad o poder, existe acoso sexual en el trabajo cuando la trabajadora por necesidad de seguir trabajando no puede negarse a requerimientos sexuales. En la misma línea, el Estado también debe garantizar que ninguna persona pueda ser sometida a realizar prácticas sexuales por una situación de dominación económica. Dicho en positivo,  el Estado debe garantizar trabajo digno para todas las personas.

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Por otra parte, las prácticas sexuales al “servicio de otra persona”, es decir las prácticas prostituyentes:

  • Normalizan la existencia de un sector de la sociedad (mayoritariamente mujeres) a ser usado sexualmente por otro sector de la sociedad, (mayoritariamente varones)
  • Transforman a (mayoritariamente) mujeres en mercancías, cosas, las objetivizan
  • Convierten a las mujeres (mayoritariamente) no un fin en sí mismo, sino un medio para el uso, dominio, sometimiento, despliegue de poder de otro grupo de personas, abrumadoramente varones: prostituyentes.

Pagar por tener sexo es montarse sobre las desigualdades estructurales de género y otras desigualdades, para explotar a personas, que por coacción o por su situación de vulnerabilidad no puede disponer libremente de su cuerpo. Pagar por sexo es una violación a los derechos de las personas a vivir su sexualidad sin ningún tipo de coacción (física, moral o económica o de cualquier otra índole). Pagar por sexo no es un derecho humano sino una violación a los derechos humanos.

En relación a la expresión «personas prostitutas», quiero aclarar que se trata de un concepto que afirma implícitamente la estigmatización que se quiere superar y que tiene, entre otros efectos, ocultar que se trata de una relación social de explotación. No es una cuestión de palabras, sino de cómo conceptualizamos la prostitución y nombramos en consecuencia. Personalmente utilizo personas prostituidas ya que pone en evidencia que hay alguien que prostituye y/o explota: el prostituyente.

En el discurso patriarcal la prostitución es pensada y hablada en forma invertida. Pareciera que alguien puede explotarse/prostituirse a si misma. Sin embargo prostituir es una acción que un sujeto ejerce sobre otro sujeto, (gramaticalmente es un verbo transitivo, al igual que explotar o esclavizar). Y a nadie se le ocurre decir que un esclavo se esclaviza a si mismo o que un obrero se explota a si mismo. Sin embargo todo el mundo dice “se prostituye”,  fuera de toda relación social en que esas prácticas tienen lugar.

Nota central:

¿Qué derechos debe reconocer un estado abolicionista a las personas prostitutas?

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